Extracto adaptado del Plan de Convivencia, Anexo V, según Decreto 53/2009 del 25 de Junio
Conductas contrarias a la convivencia
- Molestar e interrumpir en clase.
- No traer reiteradamente el material necesario a clase.
- Deteriorar intencionadamente las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.
- Las faltas injustificadas de asistencia y la impuntualidad.
- Las faltas de respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Permanecer en los servicios o pasillos en los cambios de clase.
- Ingerir alimentos o bebidas en aulas o pasillos.
- Grabar, manipular o difundir imágenes contra el derecho al honor y la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Medidas educativas
- Amonestación verbal.
- Aviso a los padres.
- Privación del segundo recreo.
- Amonestación escrita.
- Comparecencia en Jefatura o Dirección.
- Retirada de los objetos no permitidos.
- Realización de tareas educativas o de restitución de daños.
- Privación de actividades extraescolares durante un mes.
- Cambio de grupo durante una semana.
- Privación de la asistencia a determinadas clases durante tres días.
- Expulsión de hasta tres días.
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
- Agredir fisicamente, acosar, amenazar, vejar, insultar o humillar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- El uso, posesión y comercio de sustancias perjudiciales para la salud o la integridad física de las personas.
- Grabar, manipular o difundir a través de cualquier medio o soporte de agresiones o conductas inapropiadas relacionadas con la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Causar intencionadamente daños graves a las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como sustraerlas.
- Falsificar documentos docentes o suplantar la personalidad de otros en actos de la vida docente.
- Incumplir las medidas disciplinarias impuestas.
Medidas educativas
- Realización de tareas educativas fuera del horario lectivo.
- Reposición o pago de los daños materiales causados.
- Privación de las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de tres meses.
- Cambio de grupo.
- Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas.
- Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes.
- Cambio de centro educativo.